El TJUE declara ilegal el tramo autonómico del impuesto especial sobre hidrocarburos por ser contrario al art. 5 de la Directiva 2003/96 que impide a los Estados miembros autorizar a regiones o comunidades autónomas a establecer tipos del impuesto especial diferenciados para un mismo producto y un mismo uso en función del territorio en que se consuma el producto fuera de los casos previstos a tal efecto.